QUERELLA CRIMINAL

Banca Privada d’Andorra

Banco de Madrid

Interdin

MENSAJE DE LIBERTAD

¿Durante cuánto tiempo más vamos a aguantarles? La obtención del poder ha sido conseguida con mentiras y falsas promesas. En consecuencia..., es ilegítima. ¡Nos han vuelto a engañar!

AVISO PREVENTIVO PARA CLIENTES ACTUALES O POTENCIALES de INTERDIN, del BANCO DE MADRID o de la BANCA PRIVADA DE ANDORRA
El contenido de este documento te puede ser de gran utilidad para la salvaguarda de tus ahorros.
AVISO PREVENTIVO PARA CLIENTES ACTUALES [...]
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¡Pincha aquí, y haz un apasionante recorrido por el maravilloso mundo de INTERDIN, de la Banca Privada d'Andorra y del Banco de Madrid!

Un poco más abajo, puedes visionar los vídeos incrustados.

Después de examinar la información y la documentación que he presentado en esta página sobre INTERDIN, BANCO DE MADRID y BANCA PRIVADA D'ANDORRA, juzga tu mismo si cometo difamación o llegas a la misma conclusión a la que yo he llegado...

IMAGEN REAL DE INTERDIN
ASESOR FINANCIERO DE INTERDIN EN PLENA FAENA

OPACIDAD Y PREPOTENCIA DE INTERDIN. BLOQUEO DE INFORMACIÓN PREVENTIVA.

 

Estos vídeos han sido bloqueados por INTERDIN. Comprueba por qué a INTERDIN le interesa la OPACIDAD; por qué no quiere que sus EX-CLIENTES o POTENCIALES CLIENTES visionen estos vídeos. Pincha aquí y podrás visionar estos vídeos fotograma a fotograma, diapositiva a diapositiva.

 

INTERDIN, BANCA PRIVADA D'ANDORRA, BANCO DE MADRID. LA GRAN ESTAFA. COMO SE ROBAN PATRIMONIOS.

En el transcurso de 2 años, he levantado varias Actas Notariales donde se recogen pantallazos comparativos de  las páginas de contratación de CFD’s de  INTERDIN.

En unas comparo las páginas de contratación de INTERDIN, con las de  otras dos Sociedades de Valores. En otra, comparo las páginas de contratación  de INTERDIN con distintos  navegadores. 

En dichas comparaciones, se pueden apreciar las diferencias en los datos relativas a los precios. En ambas  comparaciones, las diferencias relativas a los volúmenes son abismales. 

Por estos motivos, a los cuales añado el de “publicidad engañosa”, estoy preparando demanda judicial contra INTERDIN BOLSA S.V., S.A.

Si has sido o eres en la actualidad cliente de INTERDIN, y estás interesado en recuperar el patrimonio que te han hecho perder por sus errores informáticos, te ofrezco una opción para adherirte gratuitamente a mi demanda.

Si lo deseas, puedes contactar conmigo:

1) personalmente a través del teléfono de contacto,

2) rellenando el formulario que te adjunto en el menú lateral,

3) por si te resultase más cómodo, también puedes comunicarte conmigo a través del siguiente correo: demandainterdin@terra.es

PANTALLAZOS COMPARATIVOS ENTRE DISTINTOS NAVEGADORES.

En esta comparativa entre distintos navegadores (CHROME y EXPLORER), podemos apreciar las delirantes diferencias existentes entre los volúmenes y los precios.

MAYOR RESOLUCIÓN QUE EN EL DOCUMENTO ANTERIOR.
Errores en los volúmenes y los precios de los CFD's del BBVA, entre EL EXPLORER y EL CHROME.
BBVA_CHROME y EXPLORER_Diferencias en vo[...]
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PUBLICIDAD ENGAÑOSA En el documento PDF, se puede apreciar con mayor resolución.
MAYOR RESOLUCIÓN QUE EN EL DOCUMENTO ANTERIOR.
Pantallazo comparativo CFD Santander en el Chrome y en el Explorer.
Chrome-Explorer_Santander.pdf
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PUBLICIDAD ENGAÑOSA En el documento PDF, se puede apreciar con mayor resolución.
MAYOR RESOLUCIÓN QUE EN EL DOCUMENTO ANTERIOR.
Pantallazo comparativo CFD de La Seda en el Mozilla y en el Explorer.
Mozilla-Explorer_La Seda.pdf
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PANTALLAZO COMPARATIVO ENTRE DISTINTAS SOCIEDADES DE VALORES

2010 Colonial-Pantallazo comparativo Interdin/Renta 4/CMC Markets
En este pantallazo se pueden apreciar diferencias incongruentes en los precios y diferencias abismales en los volúmenes.
2010_Colonial_Interdin_R4_CMC.jpg
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2010 Colonial - Mayor resolución en el documento jpg.

EXPLICACIÓN DE LOS PANTALLAZOS ANTERIORES

Por poner un ejemplo, a Interdin le daba lo mismo que hubiese a la venta o la compra un volumen superior a cifras de 4 dígitos, es decir le daba lo mismo que se ofertasen o demandasen 1.000, que 10.000, que 100.000, que 1.000.000 ó que 10.000.000 de CFD’s.

 

En sus pantallas de contratación (en todos los navegadores, excepto en uno) siempre aparecían volúmenes de CFD's con 4 dígitos, es decir siempre aparecían 1.000 CFD's, aunque los volúmenes reales de Mercado fueran 10.000, 100.000, 1.000.000 ó 10.000.000 de CFD's. En el otro navegador sólo existían 6 dígitos, es decir, si el Mercado ofertaba / demandaba 1.000.000, 10.000.000, etc. de CFD’s, tú sólo veías en sus pantallas 100.000 CFD's.

 

También se da el caso de no coincidir las cifras de los volúmenes entre los distintos navegadores y entre las distintas páginas de contratación de otras sociedades, es decir, se ofrecían cifras distintas ya sea por la diferencia de güarismos o por la falta de ellos.

 

A todo esto hay que añadirle la diferencia en los precios.

 

¿Cuál es el resultado de las decisiones tomadas con estas falsas informaciones? … ¡Nefasto! 

 

¡DE TODO ESTO, HE LEVANTADO VARIAS ACTAS NOTARIALES! 



AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN ANTERIOR

PRIMERO.- He levantado varias Actas Notariales de pantallazos comparativos con otras dos Sociedades de Valores que operan en España.

 

En dichos pantallazos se aprecia la disparidad entre los precios y volúmenes que existe entre Interdin Bolsa S.V., S.A y ambas sociedades de valores.



SEGUNDO.- Para evitar la argumen- tación de Interdin Bolsa, S.V., S.A. consistente en que en un día determinado su sistema informático hubiera tenido caídas o fallos, repetí las comparaciones espaciadas en el tiempo.



Incluso, recogí la comparación entre su página principal y sus páginas de contratación, resultando igualmente diferentes los resultados obtenidos en cuanto a volúmenes y precios, en lo que respecta a la primera posición de compra y la primera de venta.



TERCERO.- Para evitar la excusa de Interdin, de que el problema fuera única y exclusivamente ocasionado en una cuenta determinada, procedí a hacer todas las comparaciones con dos cuentas distintas de Interdin Bolsa S.V.,S.A.



CUARTO.- Pasado más de un año desde la última Acta levantada, comparé los pantallazos entre 3 navegadores distintos, con los datos que en sus pantallas de contratación, y en tiempo real debería de ofrecer Interdin.

 

Se obtuvieron resultados dispares en cuanto a precios y volúmenes, dentro de los mostrados en las mismas páginas de contratación, en los tres navegadores y en el mismo espacio temporal, siendo abismales las diferencias en cuanto a los volúmenes.

 

Es decir, que la información ofrecida por Interdin sobre el mismo CFD y en el mismo momento, era completamente distinta en función del navegador que utilizaras, siendo abismal la diferencia existente entre los volúmenes que ofrecía cada navegador.



QUINTO.- Dentro de unas de las actas levantadas, incluí copiade un correo electrónico donde reconocen otro tipo de error informático, el cual me ocasionó pérdidas que me fueron repuestas.



SEXTO.- Que asimismo, recibí un buro fax de Interdin Bolsa, S.V., S.A. donde reconocen el error producido "...tal como nos indica, en el momento en que se selecciona un valor para operar, la información al respecto del volumen de las cinco mejores posiciones de compra y venta del valor es incompleta, ya que... 

POR TODO LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, Y TENIENDO EN CUENTA QUE...

 

1.- Los productos con los que se han realizado las operaciones han sido "CFD's", productos financieros alta- mente peligrosos (como así lo publi- citan por activa y por pasiva en su página web), por el elevado apalan- camiento que llevan aparejado.

 

En elcaso de Interdin Bolsa, S.V., S.A.: 4% de garantía, lo que implica un apalancamiento de 25, en horario de 9,00 la 17,00 horas, y del 10% de las garantías, es decir, un apalancamiento de 10 de las garantías, en horario de 17,00 a 9,00 horas del día siguiente.



2.- La información prestada sobre precios y profundidad (volumen de las posiciones de  negociación a esos precios) de mercado, es crucial en este tipo de operativa financiera, puesto que afecta a la toma de decisiones.

 

La falta de información, y en este caso la desinformación, acarrean toma de decisiones erróneas, que conllevan perjuicios altamente gravosos para el patrimonio del cliente.  

 

3.- La desinformación en los volúmenes, puede llevar a mantener o incrementar posiciones peligrosas, con la perpe- tración de graves perjuicios económicos para el patrimonio del cliente, o por el contrario, puede llevar a deshacer o disminuir posiciones ventajosas, igual- mente con la perpetración de graves perjuicios económicos para el patri- monio del cliente.



4.-Independientemente de lo demos- trado en 5 de las Actas levantadas utilizando un solo navegador de Internet, en la última Acta, se quiere dejar constancia de que en función del Navegador utilizado, se obtienen resultados diferentes en la información (tanto en volúmenes, como en precios) proporcionada por Interdin Bolsa, S.V., S.A. en sus pantallas de contratación, con el perjuicio económico que para el patrimonio del cliente ello conlleva.



5.- Al margen de todas las Actas que he levantado, he ido acumulando una biblioteca de pantallazos, dando fe de dichos errores.



6.- Posteriormente a la última Acta levantada, y después de haber transcurrido más de un año desde el anterior Acta, por fin hicieron el arreglo que todos vosotros podéis observar en sus páginas de contratación.

 

En cualquier Sociedad de Valores, que no sea Interdin Bolsa, S.V., S.A., se pueden contemplar todos los güarismos en las cifras de los volúmenes, pero en Interdin Bolsa, S.V., S.A. han optado (o no han sabido hacer otra cosa) por compactar la información de los volúmenes. 

La Ley del Mercado de Valores, en su artículo 43.2 dice lo siguiente:



“Los mercados secundarios oficiales harán pública la siguiente información previa a la negociación con respecto a las acciones admitidas a negociación en ellos:

 

a) los precios de compra y venta existentes en cada momento, y

 

b) la profundidad de las posiciones de negociación a esos precios que se difundan a través de sus sistemas.



La información referida deberá ponerse a disposición del público en condiciones comerciales razonables y de forma continua en el horario normal de negociación..."



 


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